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Campo DC Valor Lengua/Idioma
dc.contributor.advisorSanchez Correa, Victor Manuel-
dc.contributor.authorBarrantes Barboza, Hugo-
dc.date.accessioned2020-12-16T03:42:50Z-
dc.date.available2020-12-16T03:42:50Z-
dc.date.issued2018-
dc.identifier.citationAPAes_ES
dc.identifier.urihttp://repositorioantiguo.udch.edu.pe/handle/UDCH/855-
dc.description.abstractNuestro Código Procesal Civil en la actualidad está presentando Discrepancias teórica con nuestra Carta Magna, en la Institución Jurídica de los Alimentos, cuando una persona que antes ha sido sentenciada a cumplir con una pensión de alimentos y que estas no estén al día con el cumplimiento que se señaló en la sentencia; éstas no puedan solicitar tutela jurisdiccional efectiva (amparadas en la Constitución Política del Perú artículo 139 inciso 3) cuando requieran realizar reducción, variación, prorrateo o exoneración de esta obligación alimentaria ya que el artículo 565-A del código procesal civil se los impide, precisando que deben encontrarse al día en el pago de dicha pensión La investigación tiene como Objetivo: Proponer a través de un proyecto de Ley la derogación del artículo 565-A del Código Procesal Civil por ser discrepante al artículo 139 inc. 3 de la Constitución Política del Perú, específicamente en que restringe el derecho a la tutela jurisdiccional efectiva a las personas y más aún por ser este inconstitucional. Los Métodos y Procedimientos de la Recolección de Datos, que se utilizó fue encuesta instrumento que consistió en la aplicación de un cuestionario; el cual fue elaborado y dirigido teniendo como informantes a los Magistrados, Fiscales, Abogados y personal que labora en los juzgados; a los cuales se les aplico la encuesta para obtener los datos del dominio de las variables, el instrumento fue validado por criterios de expertos. Dentro de los principales Resultados se denota que en la actualidad, en los juzgados que pertenecen al distrito judicial de Lambayeque no se respeta la Institución Jurídica del acceso a la tutela jurisdiccional efectiva que restringe al artículo 565-A, del código procesal civil pues se ve afectado por Discordancias Normativas y Discrepancias teóricas que están relacionadas causalmente y se explican, por el hecho de que la norma se contrapone con otra de otro cuerpo normativo que establece la Legitimidad a la tutela jurisdiccional efectiva.es_ES
dc.description.uriTesises_ES
dc.formatapplication/pdfes_ES
dc.language.isospaes_ES
dc.publisherUniversidad Particular de Chiclayoes_ES
dc.rightsinfo:eu-repo/semantics/openAccesses_ES
dc.rights.urihttps://creativecommons.org/licenses/by/4.0/es_ES
dc.sourceUniversidad Particular de Chiclayoes_ES
dc.sourceRepositorio Institucional - UDCHes_ES
dc.subjectdemandaes_ES
dc.subjectalimentoes_ES
dc.titleGrave restricción a la Tutela Jurisdiccional Efectiva por aplicación del Art. 565-A del Código Procesal Civiles_ES
dc.typeinfo:eu-repo/semantics/masterThesises_ES
thesis.degree.nameMagister en Derecho Civil y Comerciales_ES
thesis.degree.grantorUniversidad Particular de Chiclayo. Escuela de Postgrado Altagoraes_ES
thesis.degree.levelMaestríaes_ES
thesis.degree.disciplineDerecho Civil y Comerciales_ES
thesis.degree.programtesises_ES
dc.subject.ocdehttps://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.00es_ES
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