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http://repositorioantiguo.udch.edu.pe/handle/UDCH/418| Título : | Mecanismos de protección al trabajador del sector privado contra el despido arbitrario |
| Autor : | Chuzón Jiménez, Flor de María Rivera Barboza, Kathia Alejandra |
| Palabras clave : | Conflicto laboral;Derecho laboral;Derecho a trabajar |
| Fecha de publicación : | 2019 |
| Editorial : | Universidad Particular de Chiclayo |
| Citación : | APA |
| Resumen : | La relación laboral en el Perú y en el mundo es un tema complejo que ha ido cambiando a través de la historia. El Perú vivió tiempos de reivindicación, en la cual los trabajadores exigían mejoras laborales. A partir de ello el Estado peruano empezó a intervenir progresivamente en las relaciones laborales. En el siglo XX, se constitucionalizaron dichos derechos, de tal forma que nuestras dos últimas Constituciones optan por un “Estado Social y Democrático de Derecho”, implementando una protección con diferente intensidad cada una, en la cual, la constitución de 1993 otorga protección a diferentes derechos laborales, siendo el que nos interesa la protección al trabajador frente al despido arbitrario, que se encuentra regulado en el art. 27 de nuestra Carta Magna. El principal efecto que tiene el despido arbitrario es la indemnización, de este modo, podemos darnos cuenta que el despido arbitrario es el único que tiene como efecto la indemnización. El art. 22 enuncia que el trabajo es un deber y un derecho, base esencial para el desarrollo personal; el art. 27 le otorga protección a este derecho, pero no menciona que protección se le debe ofrecer, sino que otorga al legislador la potestad de poder decidir qué medida de protección dar. En simples palabras, la indemnización como efecto ante el despido injustificado está previsto en las normas como medio idóneo de protección al trabajador. El presente trabajo tiene como finalidad realizar un análisis del tema: EL DESPIDO ARBITRARIO EN LA ACTIVIDAD PRIVADA. Pues el tema del despido en nuestro país siempre ha sido un hecho jurídico de suma importancia, tanto para el Estado, los trabajadores y los empleadores. Ello es así porque el Estado es consiente que la actividad laboral es el motor de la Nación, función física e intelectual que opera como única vía de subsistencia del ser humano y como la forma más ideal de alcanzar la autosatisfacción y dignificación de las familias, es decir en su conjunto. |
| URI : | http://repositorioantiguo.udch.edu.pe/handle/UDCH/418 |
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