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http://repositorioantiguo.udch.edu.pe/handle/UDCH/376| Título : | Los desafíos del Ministerio Público en la etapa de investigación en el proceso penal peruano |
| Autor : | Rojas Quispe, Teófilo Ramón Enriquez Morales, Roberto Ygnacio |
| Palabras clave : | Evaluación;Tribunal;Delito |
| Fecha de publicación : | 2018 |
| Editorial : | Universidad Particular de Chiclayo |
| Citación : | APA |
| Resumen : | El hecho de la preferencia legislativa por plazos para la investigación preparatoria, distintos según la naturaleza del proceso, no implica la obligación de que el Ministerio Público deba usar o agotar el plazo, sino que, conforme a los recaudos, el fiscal tiene la opción de no hacer investigación preparatoria y formular acusación directamente (artículo 336, inciso 4) o de concluir la investigación aun sin el vencimiento del plazo (artículo 343, inciso 1); condiciones que posibilitan la evaluación de la razonabilidad del plazo de investigación a solicitud de la parte interesada. El Tribunal Constitucional, en ese sentido, ha precisado que el plazo puede ser objeto de evaluación puesto que no se trata del “simple trascurso cronológico del tiempo”, y que es posible sujetarlo a evaluación conforme a los criterios aplicables para establecer el plazo razonable; precisando que, para determinados delitos, dígase aquellos relacionados con criminalidad organizada, tráfico ilícito de drogas o lavado de activos, puede que sean insuficientes los plazos señalados en el artículo 342, inciso 2, del Código Procesal Penal. Y en ese extremo, antes que permitir la extensión del plazo en la vía de los hechos más allá de la ley, “exhorta al Congreso de la República a que modifique el plazo del artículo mencionado (investigación preparatoria en casos complejos) de acuerdo a la capacidad de actuación del Ministerio Público”. Del mismo modo que existe pronunciamiento respecto de la cortedad del plazo legal, el Tribunal Constitucional también ha precisado que la razonabilidad es posible que sea evaluada a partir de la concesión de plazos excesivamente cortos que impidan la materialización de las causas. Desde esa perspectiva y a la luz de lo expuesto por el Tribunal Constitucional, se colige la posibilidad de controlar el plazo de la investigación por el solo hecho de haber alcanzado su objetivo, independientemente de si el plazo llegó a su término. |
| URI : | http://repositorioantiguo.udch.edu.pe/handle/UDCH/376 |
| Aparece en las colecciones: | Tesis |
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