Por favor, use este identificador para citar o enlazar este ítem:
http://repositorioantiguo.udch.edu.pe/handle/UDCH/1234| Título : | La ineficacia de la sanción penal latente en los actos de crueldad en animales durante las Actividades Culturales |
| Autor : | Zamora Lazo, Jorge Marcial Delgado Delgado, Jorge Enrique |
| Palabras clave : | Maltrato;Sanción penal |
| Fecha de publicación : | 2021 |
| Editorial : | Universidad Particular de Chiclayo |
| Citación : | APA |
| Resumen : | El presente trabajo de investigación se basa principalmente en analizar el ámbito de protección del artículo 206° - A del Código Penal Peruano basado en la Ley N.º 30407 “Ley de Protección y Bienestar Animal” respecto evitar actos de crueldad en contra de animales domésticos y silvestres; y la contradicción que hace esta misma ley al permitir dichos actos con la condición que sea en actos de índole cultural como lo son las corridas de toros y las peleas de gallos. Actualmente en nuestra sociedad se genera gran controversia respecto a este tema, pues a pesar de haberse promulgado una ley como la mencionada en el anterior párrafo, existen aún vacíos o contradicciones que dejan margen a que cierto tipo de animales no sean protegidos. Como consecuencia de esto, en el desarrollo de este trabajo se propondrá como solución la modificación y/o supresión de dicha excepción en la Ley, para lograr evitar la ineficacia normativa que genera inseguridad jurídica en cuanto a la protección de no solo una cierta población de animales, sino también a todos los animales que se encuentran inmersos en actividades culturales. |
| URI : | http://repositorioantiguo.udch.edu.pe/handle/UDCH/1234 |
| Aparece en las colecciones: | Tesis |
Ficheros en este ítem:
| Fichero | Descripción | Tamaño | Formato | |
|---|---|---|---|---|
| T044_70079378_T.pdf | 633,29 kB | Adobe PDF | Visualizar/Abrir |
Este ítem está protegido por copyright original |
Los ítems de DSpace están protegidos por copyright, con todos los derechos reservados, a menos que se indique lo contrario.