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Campo DC Valor Lengua/Idioma
dc.contributor.advisorPérez Dávila, Belú Fiorella-
dc.contributor.authorPaucar Millones, Anali Guisela-
dc.date.accessioned2019-11-21T22:40:06Z-
dc.date.available2019-11-21T22:40:06Z-
dc.date.issued2019-
dc.identifier.citationAPAes_ES
dc.identifier.urihttp://repositorioantiguo.udch.edu.pe/handle/UDCH/330-
dc.description.abstractLos Derechos del niño, niña y adolescente han sido visibilizados por diversos instrumentos jurídicos, entre los de mayor importancia y antigüedad, se encuentran la Declaración de los Derechos del niño de 1959 y la Convención sobre los derechos del niño de 1989, siendo esta última la primera norma internacional con carácter obligatorio para los Estados. En el artículo 3 de la Convención, se señala que uno de sus principios fundamentales para la defensa de los derechos del niño, niña y adolescente es el interés superior del niño. Señalo este principio, pues será necesario tenerlo en cuenta cuando el Estado decida realizar modificaciones a la regulación nacional relacionadas a los derechos del menor, como lo ha señalado el Comité de Derechos del Niño de Naciones Unidas, en la observación núm. 14 del 2013, repetidas en la observación 30 (2016) a principios de ese año. Ahora bien, teniendo en cuenta que el Estado Peruano se encuentra obligado por dicha Convención, a finales del 2015, en vías de adecuar sus normas internas a la norma internacional, promulgó la Ley N°30403 “Ley que prohíbe el uso del castigo físico y humillante contra los niños, niñas y adolescentes”, la cual modifica el Código Civil y el Código de Niños, Niñas y Adolescentes respecto a la corrección que los padres podían realizar, pues se estipulaba que tenían el derecho de corregir moderadamente a sus hijos. Por lo que al dotar de contenido al concepto de castigo físico y castigo humillante, el Estado peruano realiza un gran avance en defensa de los derechos del menor. Asimismo, añade el Derecho al buen trato. Pese a ello, cabe preguntarse si la promulgación de la presente Ley ha tenido en cuenta el principio de interés superior del niño; a primera vista se puede decir que sí, pues a través de la Ley existe una mayor protección al menor, ya que permite una mejor comprensión de lo que engloba un maltrato físico o psicológico por parte de los padres. Es más, en caso de existir un castigo físico, ello puede 7 ser sancionado, siempre y cuando se encuentre inmerso en el tipo penal de lesiones leves o graves. No obstante, qué sucede si no tipifica como lesiones y se considera solamente como una falta. Ya de por sí, cabe acotar que ante los maltratos hacia la mujer, existe una problemática por los días que se necesitan para que se considere el tipo penal de lesión leve o grave. ¿Ello no sería contradictorio con el principio del interés superior del niño, que busca una mayor protección del menor? Como lo ha señalado el Tribunal Constitucional, ¿Debería existir una tipificación especial en los casos de maltrato al menor?, incluso, si tenemos en cuenta el castigo humillante, el cual se relaciona con tratos ofensivos, denigrantes, entre otros ¿Cómo se sancionará si se vulnera dicha prohibición?, conociendo la realidad peruana, harían falta cárceles. Ante estas interrogantes es que surge la necesidad de hacer un análisis jurídico de tal normativa y verificar si lo estipulado en dicha norma cumple con lo acordado en las normas internacionales, con el fin de buscar herramientas que faciliten la visibilidad y la erradicación de la violencia, a través de la implementación efectiva de la Ley N° 30403 que prohíbe el uso del castigo físico y humillante contra niños, niñas y adolescentes.es_ES
dc.description.uriTesises_ES
dc.formatapplication/pdfes_ES
dc.language.isospaes_ES
dc.publisherUniversidad Particular de Chiclayoes_ES
dc.rightsinfo:eu-repo/semantics/openAccesses_ES
dc.rights.urihttps://creativecommons.org/licenses/by/4.0/es_ES
dc.sourceUniversidad Particular de Chiclayoes_ES
dc.sourceRepositorio Institucional - UDCHes_ES
dc.subjectDerechoes_ES
dc.subjectNiñoes_ES
dc.subjectSanción penales_ES
dc.subjectCastigoes_ES
dc.titleAnálisis jurídico del derecho al buen trato a los niños y adolescentes en el Perú. a propósito de la Ley Nº 30403es_ES
dc.typeinfo:eu-repo/semantics/bachelorThesises_ES
thesis.degree.nameAbogadoes_ES
thesis.degree.grantorUniversidad Particular de Chiclayo. Facultad de Derecho y Educaciónes_ES
thesis.degree.levelTítulo Profesionales_ES
thesis.degree.disciplineDerechoes_ES
thesis.degree.programTesises_ES
dc.subject.ocdeCiencias socialeses_ES
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